TITULO
IV - REGLAMENTO DE CASTING
PREAMBULO
Con fecha 29 de marzo de 1.955,
en virtud de comunicación núm. 35.803 fue aprobado, por la Delegación
Nacional de Deportes, el Estatuto Orgánico Provisional de las
Competiciones Deportivas de Casting.
El módulo del reglamento
publicado en su día se ajustaba, aunque también de modo provisional, a
las normas vigentes en la CIPS, Organismo Internacional al que pertenecía,
ya entonces, la Federación Española, formando precisamente parte del
Comité de Lanzamiento, y en el Preámbulo de dicho Reglamento se preveía
la transitoriedad de las normas y su aplicación, interim la experiencia
no aconsejare su completo desenvolvimiento para abarcar todas las
facetas que comprenden las prácticas del Casting.
La Federación Española de Pesca
y Casting, consciente de la necesidad de actualizar los Reglamentos a
los usos y normas en vigor aceptados por los Organismos Internacionales
que tutelan este tipo de competiciones, F.C.S. (Federación
Internacional del Deporte del Lanzado) e I.C.F. (Federación
Internacional de Casting) y habida cuenta de la raigambre que este
deporte ha venido adquiriendo, considera oportuno precisar, en forma
ordenada, las normas que regulen el mecanismo de toda competición
deportiva de Casting en sus distintos aspectos: LEGALES, DE COMPETENCIA,
JURISDICIONALES, NORMATIVO, CLASIFICATORIO, REQUISITORIO Y
DISCIPLINARIO, que constituyen el enunciado de los Capítulos en que se
divide el presente REGLAMENTO DE COMPETICIONES DEPORTIVAS DE CASTING.
No obstante, dada la demanda y
peculiaridad de determinadas Autonomías deportivas, unida a la amplitud
de miras de la Federación de no dejar vacíos de contenido deportivo a
ningún colectivo federado que lo demande, se recoge y tutela en este
Reglamento de Casting, aún cuando no se contemplen a efectos
participativos en Campeonatos de España, las disciplinas, en otro
tiempo reglamentadas, pertenecientes a la DIVISION LANZADO PESADO o SURF-CASTING.
CAPITULO
I. COMPETENCIA Y JURISDICCION
Artículo 1. Se
instituye en España, oficialmente, el Deporte del "LANZAMIENTO CON
CAÑA" o "CASTING", quedando adscrito a la Federación
Española de Pesca y Casting, único organismo que, dependiente y bajo
las órdenes del Consejo Superior de Deportes, asume la competencia y
tutela de la técnica, difusión y práctica de dicho deporte.
Artículo 2. La
competencia de la Federación, como organismo federativo que aglutina a
todos los lanzadores con caña o CASTIERES, que inscritos en su seno
adquieren, a través de la LICENCIA FEDERATIVA, la condición de
Federados y al propio tiempo de beneficiarios con el Seguro Deportivo,
se extiende no sólo al territorio nacional, sino a todas las relaciones
derivadas de este Deporte a nivel Internacional.
CAPITULO
II. DE LAS COMPETICIONES
Artículo 3. El
lanzamiento con caña de pescar, en las distintas versiones que se
recogen en este Reglamento, practicado conforme a normas definidas para
su ejecutoria se conoce con el nombre de CASTING.
Artículo 4. El
Casting practicado por más de una persona en leal competencia, bajo
unas mismas condiciones y conforme a unas preestablecidas normas, que
determinan la disputa y adjudicación de Títulos o Trofeos, se denomina
"COMPETICION DEPORTIVA DE CASTING".
Artículo 5. Las
competiciones pueden revestir, por su carácter, la condición de
Oficiales y Oficiosas.
Artículo 6.
Tendrán carácter de Competiciones Oficiales:
a) Los Torneos y competiciones
de Casting de carácter Internacional ya sean organizados en
territorio Español o fuera de él, si hubiese participación española.
b) Todos los Campeonatos de la
modalidad en sus distintas fases de desarrollo: Sociales,
Provinciales, Autonómicos, Nacionales o Internacionales.
c) La Copa Presidente de Surf-Casting,
distancia 113 gramos.
d) Todas las competiciones de
Casting que figuren en el Calendario Oficial de pruebas federativas.
Artículo 7. Se
denomina Campeonato a la competición disputada para la obtención del título
de Campeón, que se desarrolla entre todos los participantes que acceden
a la competición.
Artículo 8. Las
demás Competiciones tendrán carácter oficioso y se denominaran:
CONCURSOS, CERTAMENES o simplemente, COMPETICIONES DEPORTIVAS DE
CASTING, ajustándose las bases de su convocatoria, en lo relativo a
categorías, disciplinas y ejecutoria, a lo establecido en ese
Reglamento.
Artículo 9. La
Federación Española de Pesca y Casting podrá, si lo estima
procedente, conceder a cualquier competición, certamen o concurso de
Casting, carácter oficial si, de la raigambre, tradición o importancia
de aquél se infiere que merezca la inclusión en el Calendario de
Competiciones Federativo.
Artículo 10.
Las Competiciones por la índole de sus participantes podrán ser:
HOMBRES, DAMAS y JUVENTUD.
Artículo 11.
Manteniendo esta misma clasificación genérica, las competiciones
deportivas de Casting se dividirán en DOS CATEGORIAS en razón de la
edad de los participantes:
1ª CATEGORIA: Absoluta
(mayores de 18 años) hombres y dama
2ª CATEGORIA: Juventud
(menores de 18 años) mixto chicos y chicas.
Artículo 12.
1.- Los Certámenes o
Competiciones de Casting de carácter Internacional, deberán ser
autorizadas por el Consejo Superior de Deportes: a tal efecto, éste será
informado previamente, por la Federación Española de Pesca y Casting,
que tramitará la solicitud escrita, al menos con sesenta días de
antelación, en la que se harán constar las características de la
competición y forma de celebrarla.
2.- Estas Competiciones deberán
ajustarse, a las normas vigentes establecidas por el presente
Reglamento, concordantes con las vigentes de la F.C.S. (Federación
Internacional del Deporte de Lanzado) y la I.C.F. (Federación
Internacional de Casting).
3.- En cuanto a la salida de
deportistas españoles para participar en competiciones de Casting en el
extranjero deberán ser, asimismo, autorizadas por el Consejo Superior
de Deportes. Este trámite, deberá cumplirse a través del Estamento
federativo, ya se realice el viaje por medios propios del deportista o
sufragados por la Federación Española de Pesca y Casting.
4.- Dentro del plazo de los ocho
días siguientes al regreso, el responsable de la expedición presentará
el correspondiente informe técnico y clasificatorio, así como la
liquidación de gastos, si la participación fuera con asignación económica
de la Federación Española.
5.- En ambos casos, los
componentes de la expedición actuarán bajo y conforme a la dependencia
de la disciplina federativa, por lo que su comportamiento y actuación
estarán en todo momento inspirados por los principios de deportividad y
amistad.
CAPITULO
III. MODALIDADES EN LA PRACTICA DEL CASTING
Artículo 13. La práctica
deportiva del Casting, en función de las modalidades, ejecutoria y útiles
en que se desarrollan las competiciones, forman dos importantes grupos o
divisiones:
I -
INSLAND-CASTING
DISCIPLINA 1: Mosca Objetivo
DISCIPLINA 2: Mosca distancia a
una mano
DISCIPLINA 3: Peso precisión
7,5 gr. (Arenberg)
DISCIPLINA 4: Peso objetivo 7,5
gr.
DISCIPLINA 5: Peso distancia
7,5 gr. a una mano
DISCIPLINA 6: Mosca distancia
salmón a dos manos
DISCIPLINA 7: Peso distancia 18
gr. a dos manos
DISCIPLINA 8: Objetivo múltiple
18 gr.
DISCIPLINA 9: Distancia múltiple
18 gr. a dos manos
II
- SURF-CASTING
DISCIPLINA
10: Distancia peso 113 gr. a dos manos
Artículo 14.
Las Competiciones de Casting podrán organizarse por cualquiera de las
modalidades separadamente, por una modalidad de cada especialidad, o por
una o más combinadas de las distintas especialidades
Artículo 15. Se
considerarán especialidades a los efectos de organización, desarrollo
y clasificación de los Campeonatos de España y Selectivos de Casting:
HOMBRES:
Disciplina 1: Mosca objetivo
Disciplina 2: Mosca distancia a
una mano
Disciplina 3: Peso Precisión
7,5 gr. (Arenberg)
Disciplina 4: Peso objetivo 7,5
gr.
Disciplina 5: Peso distancia
7,5 gr. a una mano
Disciplina 6: Mosca distancia
salmón a dos manos
Disciplina 7: Peso distancia 18
gr. a dos manos
Disciplina 8: Objetivo múltiple
18 gr.
Disciplina 9: Distancia múltiple
18 gr. a dos manos
DAMAS:
Disciplina 1: Mosca Objetivo
Disciplina 2: Mosca distancia a
una mano
Disciplina 3: Peso Precisión
7,5 gr. (Arenberg)
Disciplina 4: Peso objetivo 7,5
gr.
Disciplina 5: Peso distancia
7,5 gr. a una mano
Disciplina 8: Objetivo múltiple
18 gr.
Disciplina 9: Distancia múltiple
18 gr. a dos manos
JUVENTUD:
Disciplina 1: Mosca Objetivo
Disciplina 2: Mosca distancia a
una mano
Disciplina 3: Peso Precisión
7,5 gr. (Arenberg)
Disciplina 4: Peso objetivo 7,5
gr.
CAPITULO
IV. NORMAS GENERICAS PARA EL DESARROLLO DE LAS COMPETICIONES DE CASTING
Artículo 16. El
escenario competitivo de Casting puede ser el espacio terrestre,
estadio, campo o playa que permita el desarrollo de las pruebas de
lanzamiento.
Artículo 17. El
escenario para la ejecutoria de las disciplinas consta de la PISTA DE
LANCE y PLATAFORMA o PUESTOS DE SALIDA.
Artículo 18. Se
denomina Plataforma o Puestos de salida, el espacio dentro del cual debe
permanecer el deportista durante el tiempo que dure su actuación.
Cuando especificaciones
particulares de cada modalidad describan las características de la
plataforma o puesto de salida y pista de lance, la organización se
atendrá a las especificaciones dadas en cada caso.
Artículo 19. La
Pista de Lance es la parte del escenario de competición en que tienen
lugar los lanzamientos.
En las pruebas o disciplinas de
distancia la Pista de Lance está formada por dos rectas divergentes,
debidamente señalizadas para facilitar el control de los lanzamientos,
que parten del punto central de la plataforma o puesto de salida. La
abertura de las dos líneas que delimitan la pista de lance coincide con
una separación entre ambas de 50 metros, a una distancia de 100 metros
de la bisectriz del ángulo que forman en su unión con la plataforma o
puesto de salida.
Artículo 20.
Asimismo se dispondrá en lugares apropiados y fuera de la Pista de
Lance, de espacios preservadores de riesgo para deportistas, organización
y espectadores.
Artículo 21. En
las pruebas o disciplinas de distancia y precisión peso, se prohibe el
uso de plataformas elevadas de lanzamiento.
Artículo 22.
Las pruebas o disciplinas de mosca precisión y distancia a una o dos
manos, es obligatorio el uso de plataforma elevada 50 cm. sobre el nivel
del suelo.
Artículo 23. En
las pruebas de mosca precisión o distancia, la pista de lance la
constituye el espacio que permita la colocación de los blancos a la
distancia que se especifica en cada modalidad o disciplina y así mismo
la plataforma de lance en posición tal que el deportista disponga de
espacio a su espalda, en distancia mínima de 30 metros.
Artículo 24. En
todas las competiciones de Casting, tanto oficiales, como oficiosas, el
desarrollo habrá de estar de acuerdo con todas las características que
se determinan en las especificaciones particulares de cada modalidad o
disciplina.
Artículo 25.
Las puntuaciones a aplicar serán las que se consignan por cada
modalidad o combinadas porque pueda celebrarse la competición.
Artículo 26. La
Federación en su función tutelar de las Competiciones de Casting se
reserva el derecho de incorpora a las modalidades que rigen el Deporte
del Lanzado, aquellas innovaciones o modificaciones que la práctica o
mejora de técnicas puedan aconsejar; en todo caso éstas serán
concordantes con las establecidas en el Reglamento Internacional,
dimanante de la Federación a la que, como miembro fundador, está
afiliada la Federación Española de Pesca y Casting.
Artículo 27.
1.- En las disciplinas de
distancia mosca y peso se valorarán las medidas sobre la posición de
reposo.
2.- En las de precisión se
valorarán los toques o impactos con la mosca o el peso.
Artículo 28.
1.- Las cañas, carretes, líneas,
pesos y moscas habrán de ajustarse a las prescripciones dadas para cada
modalidad o disciplina.
2.- En las Competiciones
Oficiales, los pesos que se utilicen, deberán se comprobados y
homologados, previamente, por el Comité de Casting.
Artículo 29.
1.- El orden de actuación se
establecerá mediante sorteo que determinará el número a considerar
como primero entre los que en orden alfabético compongan la lista
general de castiers antes del sorteo. A partir del castier resultante
del sorteo, se numerarán correlativamente los siguientes hasta
completar la lista de inscritos.
2.- A cada participante se le
entregará un dorsal con el número que le haya correspondido y que
mantendrá durante el desarrollo de las disciplinas que compongan el
evento; así como un planning del orden y pista en que efectuará los
lances, y una ficha de resultados que firmará el Juez y el
participante.
Artículo 30.
Los lances inválidos cuentan a efectos del número máximo de lances
permitidos.
Artículo 31. En
todas las disciplinas debe comenzar la actuación del deportista como máximo
un minuto después de llegar a la plataforma o puesto de salida y una
vez que fuera dada la señal por el Juez.
Artículo 32. La
dirección de los lances, será favorable al viento en el momento de
iniciación de las pruebas.
CAPITULO
V. NORMAS ESPECIFICAS PARA LA EJECUCION DEL CASTING
Artículo 33.
1.- A tenor de la clasificación
de las Competiciones de Casting que se establecen en el Art. 15 de este
Reglamento de Competición, se incorporan a este capítulo las
ejecutorias especificas de cada modalidad o disciplina aceptadas como
oficiales en confrontaciones internacionales.
2.- La Federación Española
reconoce como competición oficial de Casting, bajo la denominación de
COPA PRESIDENTE, la disciplina de Surf-Casting distancia 113 gramos,
desarrollada bajo las normas de ejecución que se describen en este capítulo.
Artículo 34.
DISCIPLINA 1 Mosca Objetivo.
CAÑA: A
discreción hasta los 3 metros de largo, anillamiento comercial
CARRETE: Comercial o incorporado
de tipo comercial, sujeto a la caña y, el sedal al carrete. El carrete
debe acoger a todo el sedal
SEDAL: Comercial, con una
longitud mínima de 13,5 metros. Sedal suplementario libre. No se
admiten con refuerzo metálico.
PUNTA: Longitud mínima 1,80
metros.
MOSCA: Oficial del campeonato
anzuelo nº 10 sin gancho. Diámetro de la mosca 16-20 mm., que se
facilitará por parte de la Organización (en eventos internacionales),
de colores blanco, amarillo y rojo. Las moscas no podrán ser sometidas
a manipulación alguna por parte de los deportistas. En caso de rotura
pueden sustituirse sin limitaciones.
PLATAFORMA: Pedestal, de
dimensiones mínimas 1,50 metros de largo por 1,20 metros de ancho y
0,50 metros de altura sobre el suelo.
OBJETIVO: 5 discos de 0,60 metros
de diámetro de plástico metal y borde de 3 cm. Color oscuro, negro,
verde, azul o pardo, situados a 8 metros el primero a la izquierda y 13
metros el quinto a la derecha. Los 2º, 3º y 4º se sitúan en línea
entre los discos 1º y 5º con una separación entre ellos, de centro a
centro, de 1,80 metros. En todo caso el 3º, queda delante del pedestal
o plataforma.
LANCE DE SUPERFICIE: Al empezar,
se prepara el deportista con la mosca en la mano. El sedal volante retraído
a la longitud de la caña (sin contar la punta). Los lances
superficiales se realizan a razón de un lance por cada disco siguiendo
el orden de los discos 3-1-4-2-5-3-1-4-2-5. Entre cada lance debe
hacerse por lo menos un lance en vacío o al aire. Los lances de
superficie se harán en una serie. Sólo puede alargarse o acortarse el
sedal volante en los lances superficiales, durante el movimiento del
lance.
LANCES DE INMERSION: Una vez
terminados los lances de superficie, el deportista recoge el sedal a la
altura del primer disco, después se practican los lances de inmersión
en dos series de un lance por cada disco, siguiendo el orden
1-2-3-4-5-1-2-3-4-5. Se podrá recoger el sedal entre los discos 5 y 1,
pero durante la serie no hay que hacer ningún lance en vacío o al
aire.
LANCES: Los lances en contra del
Reglamento (tocar repetidamente el suelo con la punta o la línea), serán
recriminados, y si se realizan por ignorancia el castier puede esperar
puntuar cero. Si la mosca, durante los lanzamientos de inmersión,
colgara debido a las malas condiciones del suelo o de la hierba, será
decisión del Jurado dar al castier otra oportunidad. El borde de los
discos, se contará como objetivo.
TIEMPO: Límite 5 minutos y 30
segundos.
PUNTUACION: Cada acierto puntúa
5 puntos. Máxima puntuación, 100 puntos.
Artículo 35.
DISCIPLINA 2 Mosca distancia a una mano.
CAÑA: Longitud máxima 3 metros.
CARRETE: A voluntad, que habrá
de acoger todo el sedal, incluso el sedal suplementario, debiendo estar
fijado el carrete a la caña.
SEDAL: Volante a discreción.
Puede estar compuesto por varias partes. Se prohiben con refuerzo metálico.
HOMBRES: Longitud mínima 15
metros, peso máximo 38 gramos.
MUJERES: Longitud mínima 13,50
metros, peso máximo 34 gramos.
PUNTA: Longitud mínima 1,80
metros, longitud máxima 3 metros.
MOSCA: Oficial del campeonato
anzuelo nº 10 sin gancho. Diámetro de la mosca 16-20 mm., que se
facilitará por parte de la Organización (en eventos internacionales),
de colores blanco, amarillo y rojo. Las moscas no podrán ser sometidas
a manipulación alguna por parte de los deportistas. En caso de rotura
pueden sustituirse sin limitaciones.
PISTA DE LANCE: A una distancia
de 100 metros, la pista tendrá 50 metros de anchura, medidos en ángulo
recto al eje perpendicular desde el centro de la plataforma.
TIEMPO: 6 minutos.
PUNTUACION: El lance más
distante para la puntuación individual, el segundo, para el concurso múltiple.
1 metro = 1 punto.
Artículo 36.
DISCIPLINA 3 Peso precisión 7,5 gramos (Arenberg).
CAÑA: A una mano longitud mínima
1,37 metros y longitud máxima 2,50 metros. Tres anillos de guía de
sedal por lo menos y 1 anillo de punta. Diámetro máximo de los anillos
de guía de sedal 50 mm., y de punta 10 mm. La longitud de la empuñadura
no debe sobrepasar ¼ de la longitud total de la caña.
CARRETE: Fijo con bobina de uso
corriente o de tipo comercial.
SEDAL: A elegir, en la longitud
total del mismo diámetro, con un largo mínimo de 20 metros.
PESO: 7,5 gramos de plástico, en
forma de gota, longitud total, excluida la argolla, mínimo 53 mm., diámetro
de la cabeza 18,5 mm. Color blanco. Peso del plomo 7,5 gramos más/menos
0,15 gramos, incluyendo la argolla.
PISTA DE LANCE: Disco objetivo
verde de tela o plástico, con 5 anillos concéntricos marcados en
blanco, máximo 2 cm. a 0,75 metros, 1,35 metros, 1,95 metros, 2,55
metros, 3,15 metros. El núcleo del objetivo está formado por un disco
de 0,75 metros de diámetro hasta 10 mm. de espesor como máximo. Color
del disco en verde y anillos en blanco.
PUESTOS DE SALIDA: De 1 metro de
longitud, con una altura de 10 cm. como máximo y de color blanco. El
puesto de salida se coloca a 90º del disco. La primera y la última
salida se inician respectivamente en la prolongación del centro ángulo
del disco objetivo. Las otras dos quedan entre medias. La distancia máxima,
se dispondrá, en lo posible, con el viento de espaldas.
LANCES: Dos lances desde cada
salida. El castier empezará con el plomo en la mano.
Salida 1 Lance oscilante
bajo mano Diest. 10 m.
Salida 2 Lance lateral
derecha Diest. 12 m.
Salida 3 Lance sobre la
cabeza Dist. 18 m.
Salida 4 Lance lateral
izquierda Dist. 14 m.
Salida 5 A discreción
Dist. 16 m.
LANCE OSCILANTE BAJO MANO: Se
ejecuta adecuadamente, cuando se encuentra el peso debajo de la caña en
el lanzamiento. Longitud mínima de la oscilación 50 cm. al ojo del
peso. Se permite cualquier postura del castier.
LANCE LATERAL DERECHA: Se realiza
correctamente, cuando la caña y la mano del lance se encuentran a la
derecha de la dirección del lance. La punta de la caña no debe
llevarse por encima de la horizontal, al efectuar el lance.
LANCE SOBRE LA CABEZA: Es
ejecutado correctamente cuando la caña se encuentra por encima de la
cabeza, antes del lanzamiento. La caña deberá ser impulsada ente los
planos horizontal y vertical.
LANCE LATERAL IZQUIERDA: Se ha
realizado correctamente, cuando al efectuar el lance, la caña queda a
la izquierda del eje de lance. (El eje de lance, es la línea entre el
puesto de arranque y el centro del objetivo).
Tanto en el lance lateral
derecho, como izquierdo, la postura del deportista carece de
importancia, ya que se encuentre la caña por delante o detrás del
puesto de salida. El arrastre del peso por el suelo está prohibido y se
califica con cero puntos. Asimismo, el peso (plástico) deberá estar
separado del cuerpo del Castier, al efectuar el lance, mínimo UN METRO.
TIEMPO: 5 minutos.
PUNTUACION: Desde el centro
10-8-6-4-2 puntos. Puntuación máxima, 100 puntos.
Artículo 37.
DISCIPLINA 4 Peso objetivo 7,5 gramos.
CAÑA: A una mano longitud mínima
1,37 metros y longitud máxima 2,50 metros. Tres anillos de guía de
sedal por lo menos y 1 anillo de punta. Diámetro máximo de los anillos
de guía de sedal 50 mm., y de punta 10 mm. La longitud de la empuñadura
no debe sobrepasar ¼ de la longitud total de la caña.
CARRETE: Fijo con bobina de uso
corriente o de tipo comercial.
SEDAL: A elegir, en la longitud
total del mismo diámetro, con un largo mínimo de 20 metros.
PESO: 7,5 gramos de plástico, en
forma de gota, longitud total, excluida la argolla, mínimo 53 mm., diámetro
de la cabeza 18,5 mm. Color blanco. Peso del plomo 7,5 gramos más/menos
0,15 gramos, incluyendo la argolla.
PISTA DE LANCE: Cinco discos
inclinados de un diámetro de 0,76 metros y un espesor de 10 mm., de
color amarillo mate. Elevados sobre el suelo a 5 cm. y 17 cm.
PUESTOS DE SALIDA: Cinco puestos
de 1 metro de longitud por 10 cm. de altura, colocados, empezando por la
izquierda, a 10 metros, 12 metros, 14 metros, 16 metros y 18 metros.
LANCES: Dos series desde cada
puesto de salida. En cada serie, dos lances por cada disco. En total 20
lances. Estilo de lance discrecional. No se permiten los lances de
catapulta.
TIEMPO: 8 minutos.
PUNTUACION: Por cada acierto 5
puntos. Puntuación máxima por serie, 50 puntos. Total, 100 puntos.
Artículo 38. DISCIPLINA 5
Peso distancia 7,5 gramos a una mano.
CAÑA: A una mano longitud mínima
1,37 metros y longitud máxima 2,50 metros. Tres anillos de guía de
sedal por lo menos y 1 anillo de punta. Diámetro máximo de los anillos
de guía de sedal 50 mm., y de punta 10 mm. La longitud de la empuñadura
no debe sobrepasar ¼ de la longitud total de la caña.
CARRETE: Fijo con bobina de uso
corriente o de tipo comercial.
SEDAL: Diámetro mínimo 0,18 mm.
sin tolerancia hacia abajo, pero del mismo diámetro en toda la
longitud. No está permitida la punta.
PESO: 7,5 gramos de plástico, en
forma de gota, longitud total, excluida la argolla, mínimo 53 mm., diámetro
de la cabeza 18,5 mm. Color blanco. Peso del plomo 7,5 gramos más/menos
0,15 gramos, incluyendo la argolla.
PISTA DE LANCE: A 100 metros de
distancia, en ángulo recto respecto del punto de salida, medido desde
el centro del puesto de salida, 50 metros de anchura de pista.
PUESTOS DE SALIDA: De 1,50 metros
de largo, por 10 cm. de alto en color blanco.
LANCES: Cada deportista tiene 3
lances, que se realizan en 3 pasadas, siguiendo un orden numérico.
Carrera máximo 5 metros.
TIEMPO: Cada lance, después de
que la pista haya sido declarada libre por el Juez de salida, deberá
lanzarse en un tiempo de 60 segundos.
PUNTUACION: El lance más lejano
1 metro = 1,5 puntos.
Artículo 39.
DISCIPLINA 6 Mosca Salmón distancia a dos manos.
CAÑA: Longitud máxima 5,20
metros.
CARRETE: A voluntad, que habrá
de acoger todo el sedal, incluso el sedal suplementario, debiendo estar
fijado el carrete a la caña.
SEDAL: A voluntad, pero con
limitación de peso a 120 gramos como máximo. No se permiten los
sedales con refuerzo metálico. Longitud mínima 15 metros.
PUNTA: Longitud mínima 1,80
metros, máxima 5,20 metros.
MOSCA: Oficial del campeonato
anzuelo nº 10 sin gancho. Diámetro de la mosca 16-20 mm., que se
facilitará por parte de la Organización (en eventos internacionales),
de colores blanco, amarillo y rojo. Las moscas no podrán ser sometidas
a manipulación alguna por parte de los deportistas. En caso de rotura
pueden sustituirse sin limitaciones.
PISTA DE LANCE: A una distancia
de 100 metros, la pista tendrá 50 metros de anchura, medidos en ángulo
recto al eje perpendicular desde el centro de la plataforma.
TIEMPO: 7 minutos.
PUNTUACION: El lance más
distante para la puntuación individual, el segundo, para el concurso múltiple.
1 metro = 1 punto.
Artículo 40.
DISCIPLINA 7 Peso distancia 7,5 gramos a dos manos.
CAÑA: A voluntad
CARRETE: Fijo a voluntad
SEDAL: Diámetro mínimo 25 mm.,
sin tolerancia hacia abajo, pero del mismo diámetro en toda la
longitud. Punta con diámetro mínimo del sedal de lance 35 mm.
obligatorio. La longitud mínima de la punta, al menos una vuelta
completa sobre el carrete cuando está preparado el lance.
PESO: De plástico de 18 gramos
en forma de gota. Longitud total excluyendo la argolla, mínimo 68 mm.
Diámetro de la cabeza mínimo 22 mm. Color blanco.
PISTA DE LANCE: A 100 metros de
distancia, en ángulo recto respecto del punto de salida, medido desde
el centro del puesto de salida, 50 metros de anchura de pista.
LANCES: Cada deportista tiene 3
lances, que se realizan en 3 pasadas, siguiendo un orden numérico.
Carrera máximo 5 metros.
TIEMPO: Cada lance, después de
que la pista haya sido declarada libre por el Juez de salida, deberá
lanzarse en un tiempo de 60 segundos.
PUNTUACION: El lance más lejano
1 metro = 1,5 puntos.
Artículo 41.
DISCIPLINA 8 Objetivo múltiple peso 18 gramos.
CAÑA: A elegir, pero a una mano.
CARRETE: Múltiple de bobina
convencional.
SEDAL: A elegir, pero en toda su
longitud el mismo diámetro. Longitud mínima 22 metros.
PESO: De plástico de 18 gramos
en forma de gota. Longitud total excluyendo la argolla, mínimo 68 mm.
Diámetro de la cabeza mínimo 22 mm. Color blanco.
PISTA DE LANCE: Como en la
disciplina 4, pero empezando por la izquierda a 12 metros, 14 metros, 16
metros, 18 metros y 20 metros.
LANCES: Dos series desde cada
puesto de salida. En cada serie, dos lances por cada disco. En total 20
lances. Estilo de lance discrecional. No se permiten los lances de
catapulta.
TIEMPO: 10 minutos.
PUNTUACION: Cada acierto, 5
puntos. Máxima puntuación 100 puntos.
Artículo 42.
DISCIPLINA 9 Distancia múltiple peso 18 gramos a dos manos.
CAÑA: A elegir.
CARRETE: Múltiple de bobina
convencional.
SEDAL: Diámetro mínimo 25 mm.,
sin tolerancia hacia abajo, pero del mismo diámetro en toda la
longitud. Punta o líder obligatorio, con un diámetro mínimo de 35 mm.
PESO: De plástico de 18 gramos
en forma de gota. Longitud total excluyendo la argolla, mínimo 68 mm.
Diámetro de la cabeza mínimo 22 mm. Color blanco.
PISTA DE LANCE: A 100 metros de
distancia, en ángulo recto respecto del punto de salida, medido desde
el centro del puesto de salida, 50 metros de anchura de pista.
LANCES: Cada deportista tiene 3
lances, que se realizan en 3 pasadas, siguiendo un orden numérico.
Carrera máximo 5 metros.
TIEMPO: Cada lance, después de
que la pista haya sido declarada libre por el Juez de salida, deberá
lanzarse en un tiempo de 60 segundos.
PUNTUACION: El lance más lejano
1 metro = 1,5 puntos.
Artículo 43.
DISCIPLINA 10 Distancia peso 113 gramos a dos manos.
CAÑA: De longitud no superior a
4,88 metros.
CARRETE: De tambor fijo.
LINEA: De grueso uniforme en toda
su longitud, de un diámetro mínimo de 0,40 mm. sin tolerancia hacia
abajo.
PUENTE: Se permite, como
seguridad, un puente mínimo de 0,60 mm.
PESO: De cualquier material y
forma, pero de peso no superior a 113 gramos.
PISTA DE LANCE: A 100 metros de
distancia, en ángulo recto respecto del punto de salida, medido desde
el centro del puesto de salida, 30 metros de anchura de pista.
PUESTO DE SALIDA: De 1,50 metros
de largo, por 10 cm. de alto, en color blanco.
LANCES: Cada deportista tiene 3
lances, que se realizan en tres pasadas, siguiendo un orden numérico.
PUNTUACION: El lance más
distante, razón de 1 metro = 1 punto.
Artículo 44.
Tolerancia para sedales y pesos.
SEDALES:
Disciplina 1 Mosca objetivo Libre
Disciplina 2 Mosca distancia, una
mano más 0,20
Disciplina 6 Mosca distancia, dos
manos más 0,20
Disciplina 5 Peso distancia, una
mano Sin tolerancia en menos
Disciplina 7 Peso distancia, dos
manos Sin tolerancia en menos
Disciplina 9 Peso distancia múltiple
Sin tolerancia en menos
Disciplina 10 Peso distancia 113
gramos Sin tolerancia en menos
PESOS:
7,5 gramos plástico más/menos
0,15 gramos
18 gramos plástico más/menos
0,3 gramos
CAPITULO
VI. CLASIFICACIONES, TITULOS Y TROFEOS
Artículo 45. De
acuerdo con el carácter asignado a las competiciones de Casting en los
artículos 5, 6, 7 y 8 de este Reglamento, se asignarán las siguientes
puntuaciones:
1.- PUNTUACION INDIVIDUAL
HOMBRES:
Individual Disciplinas 1 a 9
5 pruebas Disciplinas 1 a 5
7 pruebas Disciplinas 1 a 7
9 pruebas/circuito Disciplinas
1 a 9
2.- PUNTUACION INDIVIDUAL DAMAS:
Individual Disciplina 1 a 5 más
8 y 9
5 pruebas Disciplinas 1 a 5
7 pruebas/circuito Disciplinas
1 a 5 más 8 + 9
3.- PUNTUACION INDIVIDUAL
JUVENTUD:
Individual Disciplina 1 a 5
5 pruebas/circuito Disciplinas
1 a 5
4.- PUNTUACION DE EQUIPOS:
Hombres (4 componentes)
Disciplinas 1 a 5
Damas (2 componentes)
Disciplinas 1 a 5
Juventud (3 componentes)
Disciplinas 1 a 5
Artículo 46.
Determinación de los campeones individuales:
1.- El Campeón es el deportista
que consiga la puntuación más alta en un evento o combinación de
eventos
2.- Si dos o más deportistas
tienen la misma puntuación:
a) En todos los eventos
individuales el campeón se determina por resultados en cada evento
particular. Los resultados de los desempates determinan el orden numérico
de los campeones, pero el resultado primario se puntúa para el evento.
b) En los eventos 1, 3, 4 y 8 los
desempates se deciden por la mejor puntuación en el menor tiempo. En
eventos de distancia, los deportistas realizan otro lanzamiento. En
distancia mosca, los deportistas deben lanzar a 1 minuto de la salida.
c) El orden de lanzamientos en
los empates se decide por sorteo. Todos los desempates se realizarán a
la vez y en las mismas condiciones. Si hubiera más deportistas que
pistas, se echarán a suertes. En todos los desempates, la puntuación
no se anunciará antes de que todos los deportistas hayan terminado sus
lanzamientos.
d) Si dos o más deportistas
tienen el mismo número de puntos en cualquier combinación, el primero,
segundo y tercer lugar se comparte entre ellos. La misma norma atañe a
los equipos.
Artículo 47.
Determinación de los Campeones en los eventos por equipos.
1.- Para las Competiciones de
equipos, los resultados de los eventos 1 a 5 (Pentatlón), deciden el
resultado del equipo, para hombres, damas y juventud. El resultado del
equipo es la suma de puntos conseguida por cada miembro del equipo en
cada una de las cinco disciplinas
2.- El Campeón de las
competiciones por equipos, es el equipo cuyos miembros han conseguido el
mayor número de puntos.
Artículo 48. Número
de Campeones, distinciones y trofeos:
1.- EVENTOS INDIVIDUALES:
Hombres Disciplinas 1 a 9
Medalla 1º, 2º, 3º
Damas Disciplinas 1 a 5 y 7 y 8
Medalla 1º, 2º, 3º
Juventud Disciplinas 1 a 5
Medalla 1º, 2º, 3º
Hombres Disciplinas 1 a 9
2.- COMBINADAS INDIVIDUALES:
Hombres 5 pruebas (1-5) Trofeo
1º
7 pruebas (1-7) Trofeo 1º
9 pruebas (1-9) Trofeo 1º
Damas 5 pruebas (1-5) Trofeo 1º
7 pruebas (1-5 y 8 y 9) Trofeo
1º
Juventud 5 pruebas (1-5) Trofeo
1º
3.- EQUIPOS:
Hombres 5 pruebas (1-5) Trofeo
1º
Damas 5 pruebas (1-5) Trofeo 1º
Juventud 5 pruebas (1-5) Trofeo
1º
4.- COPA PRESIDENTE:
Hombres 1 prueba (10) Trofeo 1º,
2º, 3º
Artículo 49.
1.- Para determinar los campeones
individuales y combinadas, será necesario que hayan participado, como mínimo,
6 deportistas para hombres y 4 para damas y juventud (chicos/as). De no
cumplirse esta norma, excepcionalmente, en aquellas disciplinas en que
no se diera el número mínimo de participantes, solamente se proclamará
el Campeón.
2.- En la competición por
equipos, será necesaria la inscripción y participación de un mínimo
de 4 equipos para hombres y 3 para damas y juventud (chicos/as).
3.- Los equipos estarán formados
por 4 deportistas para hombres, 2 para damas y 3 para juventud
(chicos/as)
Artículo 50.
1.- Los eventos deportivos de
Casting están sujetos al principio de amistad entre comunidades. Para
expresar esta idea las banderas de las comunidades participantes, se
expondrán en todos los eventos oficiales.
2.- Los campeones reciben de
manera formal las medallas de oro, plata y bronce. En todos los eventos,
el himno de la Comunidad campeona se toca en conexión con la medalla de
oro, cuando ya se han entregado las medallas. Las banderas comunitarias
de los tres campeones, se exponen juntas.
CAPITULO
VIII. PARTICIPACION, ORGANIZACION DE LAS COMPETICIONES Y REQUISITOS
Artículo 51.
1.- Todas las Federaciones Autonómicas,
afiliadas a la Federación Española de Pesca y Casting, podrán tomar
parte en los Campeonatos de España de Casting. Para ello, realizará
las pruebas necesarias para elegir sus representantes a la fase final.
Los nombres de los competidores, se darán, al menos, un mes antes de la
celebración del evento.
2.- Los cambios deberán estar en
posesión de la Organización, al menos, con cinco días de antelación.
Artículo 52. En
todos los Campeonatos de España, cada Federación Autonómica, podrá
disponer de un número a determinar de hombres, damas y juveniles. Del número
resultante de participantes inscritos, 4 hombres, 2 damas y 3 juveniles,
serán designados para formar el Equipo competidor.
Artículo 53.
Los Campeonatos de España se celebrarán siempre y cuando participen al
menos 4 Federaciones Autonómicas para hombres y 3 para damas y
juventud.
Artículo 54.
Las competiciones de la categoría Juvenil, se considerarán, con carácter
provisional, por la índole de sus participantes, como MIXTA
(chicos/as).
Artículo 55. Todas
las federaciones y participantes están obligados a someterse a las
normas del dopping, estipuladas por el C.O.E. y C.S.D., u organismo
competente.
Artículo 56. No
podrán participar en Campeonatos de Casting, los deportistas que no
acrediten la condición de federado de la Federación Autonómica que
represente y no pueda considerarse aficionado o amateur.
Artículo 57.
1.- En función de los resultados
establecidos como mínimos, para cada categoría, en los Campeonatos de
España, se convocará a los deportistas a realizar las pruebas
selectivas, que determine el Comité para conformar el Seleccionado español
representante de la modalidad, en la final de los Campeonatos Mundiales
y Continentales de Casting.
2.- La participación española,
estará formada por un mínimo de 4 hombres y 2 damas, en categoría
absoluta y 4 chicos/as, en categoría Juvenil.
3.- El Comité seleccionador
tendrá potestad para determinar las disciplinas a desarrollar en cada
convocatoria, bien por ejecutoria aislada o por combinadas de las que
son susceptibles de practicar en esta modalidad.
Artículo 58.
Toda Entidad Deportiva de Casting inscrita en los registros de la
Federación Territorial correspondiente queda autorizada a celebrar, por
propia iniciativa, cuantas competiciones oficiosas estime conveniente;
pero las oficiales, sea cual sea su rango, así como todas las pruebas
que constituyen el desarrollo de los Campeonatos, deberán ser
autorizadas y tuteladas por los Estamentos federativos correspondientes,
quienes señalarán, las fechas, pormenores o requisitos de su
desarrollo.
Artículo 59.
Los certámenes o concursos organizados por particulares o entidades no
federadas, requieren la autorización expresa federativa. Estarán
sometidas a la disciplina deportiva y serán responsables, cuando
proceda, de los daños que puedan producirse con independencia de las
responsabilidades de cualquier tipo en que puedan incurrir.
Artículo 60. No
cumpliendo los requisitos expresados en la Ley 10/90 dichas entidades no
federadas no podrán practicar el deporte de competición, salvo con la
autorización de la Federación Española de Pesca y Casting o su
estructura federativa, y previo abono del canon que a tal efecto señale
la Federación.
Artículo 61.
Elegida la Territorial organizadora del Campeonato, el Comité de
Casting delegará en aquélla para la preparación del proyecto del
presupuesto de gastos en todos sus aspectos, así como bosquejos de
carteles y programas; éstos conteniendo las bases, lugar y hora del
desarrollo de las pruebas, alojamientos y lugares reservados para la
organización del evento, como oficina de recepción y confección de
clasificaciones, actos sociales para deportistas y acompañantes, etc.
Artículo 62.
1.- Los escenarios deberán estar
vigilados para que no pueda ocurrir ningún accidente a los deportistas
o espectadores.
2.- Para salvaguardarse de
reclamaciones sobre accidentes a terceras personas, la organización
deberá estar asegurada por accidentes. En todo evento deberá de estar
presente un servicio de asistencia sanitaria.
Artículo 63.
1.- Para participar en cualquier
competición oficial de Casting serán requisitos indispensables, para
todo deportista ser español o extranjero residente en España, tener la
edad reglamentaria acorde con la categoría de la competición, estar al
corriente del pago de las obligaciones federativas, satisfacer la cuota
de salida por disciplina y equipo, y poseer todos los documentos legales
y deportivos correspondientes al año de la celebración del evento.
2.- Las cantidades que se
obtengan por cuotas de salida y equipo, servirán para cubrir los costes
de desplazamiento y dietas de los jueces nominados y miembros del comité.
CAPITULO
VIII. JURADO, COMITES Y JUECES
Artículo 64. En
la final del Campeonato de España de Casting el Jurado estará formado
por: